A pesar de la extrema crisis sanitaria y económica que padece nuestra sociedad, la corrupción en la Universidad Nacional de Barranca (UNAB) no tiene piedad, y su codicia parece alcanzar nuevos límites.
Según la información que ha llegado a nuestra mesa de redacción, se habría forzado el proceso de licitación pública N°01-2020-UNAB, que tiene un valor referencial de 10 millones de soles, con la finalidad de beneficiar a un consorcio que no cumpliría con los requisitos mínimos estipuladas en las bases.
En este informe, publicamos la documentación de línea de crédito que habría presentado el Consorcio Sur Barranca en la Licitación Pública N°01-2020-UNAB, para demostrar su solvencia económica.
Se trata de una Carta de Solvencia Económica firmada por una cooperativa de Ahorro y Crédito QOLLQEWASI, cuyos avales no son válidos para procesos de contrataciones con el Estado. Por lo tanto, el Consorcio Sur Barranca debió ser eliminado del proceso, pero curiosamente terminó ganando la buena pro, a pesar que presentó una propuesta económica al 98%, existiendo otros postores que ofrecían sus documentos en regla con una propuesta al 90%.
Es decir, los funcionarios de la UNAB prefirieron otorgarle la buena pro, a un consorcio que no tendría sus documentos en reglas y cuya propuesta económica fue más cara que otros postores.
Licitación Pública N°01-2020-UNAB
El 17 de setiembre, la Universidad Nacional de Barranca, otorgó la Buena Pro para la ejecución de la obra “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Generales (…) – Componente I – Cerco Perimétrico, Exteriores y Maestranza”, al Consorcio Sur Barranca.
El monto adjudicado fue de S/. 9,868,568.94 (Nueve millones ochocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y ocho soles), y las empresas que conforman el Consorcio Sur Barranca son, Corporación Diamante JUBERS S.A.C. con RUC N°20600683650, y CIUDANDES S.A.C. con RUC N°20601485088.
Solvencia Económica
Para acreditar su solvencia económica, el Consorcio Sur Barranca, adjuntó en sus documentos de oferta una línea de crédito avalada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito QOLLQEWASI, por el monto de S/. 6,042,846.21 (Seis millones cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y seis con 21/100 soles).
El documento de Solvencia Económica de COOPAC QOLLQEWASI, está dirigido al Comité de Selección de la Licitación Pública N°01-2020-UNAB, donde se señala que “A solicitud de nuestro cliente Corporación Diamante JUBERS S.A.C., socio activo de nuestra cooperativa, el mismo que es integrante del Consorcio Sur Barranca (…) Indicamos que tiene una Línea de Crédito, la cual se encuentra vigente (…) la misma que será destinada para el proceso de selección en referencia, por el importe ascendente a S/. 6,042,846.21 (…)”.
Nivel Modular 1
Según el registro oficial de Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC) y Centrales inscritas en el registro COOPAC y Centrales, de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), se advierte que la COOPAC QOLLQEWASI, presenta en el “Nivel Modular” y “Nivel de Operaciones”, el valor uno (1), como se muestra a continuación.
Al respecto, el numeral 3 de la Vigesimocuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley N°30822 que modifica la Ley N°26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguro Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y Otras Normas Concordantes, Respecto de la Regulación y Supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito”, establece que:
“3. OPERACIONES REALIZABLES SEGÚN ESQUEMA MODULAR
Según se encuentren en cada nivel, las COOPAC pueden realizar las siguientes operaciones:
Nivel 1:
(…)
3. Otorgar avales y fianzas a sus socios, a plazo y monto determinados, no válidos para procesos de contratación con el Estado.
(…)
Es evidente entonces que la COOPAC QOLLQEWASI, no podría otorgar avales ni fianzas a sus socios para ser utilizados en procesos de contratación con el Estado, tal como señala la Ley General del Sistema Financiero.
Comité de Selección
De lo expuesto, se advierte que los integrantes del comité de selección aceptaron la propuesta presentada por el Consorcio Sur Barranca, y otorgaron la buena pro del procedimiento de selección, pese a que no habrían cumplido con el requisito de “Solvencia Económica”, dado que la entidad que emitió la carta de línea de crédito no está facultada para realizar dichas operaciones, debido a que la calificación de su nivel modular y nivel de operaciones se los prohíbe.
El Comité de Selección de la presente licitación, está conformado por los siguientes funcionarios: 1). TANIA NELSI VALVERDE ROMERO, Titular Presidente; 2). RICARDO OMAR PORTOCARRERO SEMINARIO, Titular Miembro 1; 3). ALAN GARCIA MENDOZA Titular Miembro 2; 4). RAFAEL CESAR ESPINOZA JARA Suplente Presidente, 5). BRAYAN ACUÑA SALDAÑA Suplente Miembro 1; 6). PERCY ARTURO OLIVARES ARTEAGA Suplente Miembro 2.
Autonomía de la UNAB
La población debe tener en cuenta que la UNAB, bajo la titularidad de la Dra. Inés Gárate Camacho, está muy lejos de lograr su autonomía y no se han propuesto plazos ni metas claras al respecto, y esto se debería a que los corruptos funcionarios del Ministerio de Educación, no quieren perder el control del presupuesto millonario que se destina para las obras públicas.
Es el MINEDU quien tiene la facultad de remover a la Comisión Organizadora de la UNAB y de denunciar a sus miembros por presunta colusión, sin embargo, parecen estar conformes con la gran malversación de fondos que fluye con absoluto descaro en casi todas las adquisiciones y contratos.