La Fiscal Superior Dra. Magda Victoria Atto Mendives, de la Primera Fiscalía Superior en lo Penal de Huaura, dispuso a través de la Disposición Fiscal N°02-2021-1FSPH: INICIAR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR contra los magistrados Keyly Mery Garay Robles, William Lezameta Rueda por la presunta comisión de los ilícitos penales de Omisión y Rehusamiento de Actos Funcionales, Detención Ilegal, y Negativa de Administrar Justicia; en agravio del Estado, del Poder Judicial y del periodista Yofré López.
Así mismo se dispuso iniciar investigación preliminar contra el magistrado Rubel Chelem Cotrina Paredes, en su condición de Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Barranca, por la presunta comisión del ilícito penal de Omisión de Actos Funcionales, en agravio del Estado, del Poder Judicial y del periodista Yofré López.
Los hechos denunciados contra los magistrados William Lezameta y Keyly Garay, refieren a que ambos jueces se negaron a proveer resolución que ordene la inmediata libertad del periodista Carlos Yofré López Sifuentes, quien desde el mes de julio se encontraba detenido en la prisión de Carquín.
William Lezameta
El abogado defensor de Yofré López presentó ante el despacho del juez William Lezameta Rueda todos los requisitos que señala el Decreto Legislativo 1459, el mismo que permite la conversión automática de la pena para personas condenadas por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar.
Una vez presentado dichos documentos, que demostraban la inexistencia de deuda alimentaria, el juez William Lezameta debió decretar la libertad inmediata del periodista, pero se negó a hacerlo declarando inadmisible la solicitud de conversión de la pena, exigiendo documentación adicional que no era requisito para dicho trámite, manteniendo en prisión al procesado de manera injustificada.
Luego de diez días de trámites burocráticos, los abogados defensores de Yofré López lograron entregar toda la documentación adicional solicitada por el juez William Lezameta, pese a ello, el magistrado evitó decretar la libertad inmediata del periodista, y se fue de vacaciones.
En la denuncia contra el William Lezameta Rueda, se precisa que dicho magistrado solicitó permiso vacacional desde el 16 de agosto del 2021, con la única finalidad de evitar pronunciarse sobre la libertad del periodista, pues pese a estar de vacaciones, Lezameta siguió realizando audiencias continuas de juicio oral. Es decir, cuidó de no quebrar un juicio oral, pero no tuvo el mismo cuidado en evitar quebrantar el derecho a la libertad de Yofré López.
Keyly Garay
Fue así que la magistrada Keyly Garay Robles asume los casos del despacho de William Lezameta Rueda mientras dure su periodo vacacional. Pero la juez Garay Robles también se negó a decretar la libertad del periodista, tal como lo señaló en su Resolución N° 4 de fecha 26.08.2021, bajo el argumento de que a ella no le compete resolver dicha conversión de pena, y que según la magistrada, se debe esperar que el magistrado Lezameta retorne de sus vacaciones para que sea él quien resuelva el caso.
Posteriormente, en un proceso de Hábeas Corpus, la magistrada Keyly Garay señaló que no quiso decretar la libertad del periodista Yofré López porque tenía una animadversión con su abogada defensora, por haber realizado declaraciones públicas cuestionando a la magistrada.
Chelem Cotrina Paredes | Hábeas Corpus
Por estas transgresiones al debido proceso contra la libertad del periodista Yofré López, el 27 de agosto la abogada Eva Gomero Calderón interpuso una demanda constitucional de Hábeas Corpus en la sede judicial de Barranca, la misma que fue vista por el juez Rubel Chelem Cotrina Paredes, quien al parecer prefirió hacer espíritu de cuerpo con sus colegas jueces, dilatando el procedimiento constitucional para posteriormente declarar improcedente la demanda de Hábeas Corpus.
El juez Chelem Cotrina emitió la Resolución N°1 de fecha 27 de agosto, admitiendo a trámite el Hábeas Corpus, precisando que antes de resolver notificará a los jueces demandados para que realicen sus descargos.
La denuncia penal señala que, con esta decisión, el juez Rubel Chelem vulneró el artículo 34° del Código Procesal Constitucional, donde se establece que cuando se trate de cualquiera de las formas de detención arbitraria o de atentado contra la libertad personal, el juez resolverá de inmediato sin que sea necesario notificar previamente al responsable de la agresión. También habría vulnerado el Artículo 37° del mismo cuerpo legal, donde se señala que en los procedimientos de Hábeas Corpus las actuaciones son improrrogables sin mediar excusas de jueces y secretarios.
En conclusión, se le acusa a Rubel Chelem Cotrina Paredes de no haber resuelto el Hábeas Corpus del periodista Yofré López en el plazo de 24 horas, tal como lo establece el Código Procesal Constitucional, por lo que habría cometido el delito de Omisión de Actos Funcionales.
El Dato.
El periodista Yofré López ha sido amenazado públicamente en varias oportunidades por los Jueces Superiores de la Corte Superior de Justicia de Huaura, y ha sido querellado por el expresidente de dicha corte, Victor Reyes Alvarado, quien consiguió que el juez William Lezameta condene al periodista en primera instancia.
Así mismo, la jueza superior provisional, Juana Caballero García querelló al periodista Yofré López, y pretendía lograr una condena en su contra mientras el periodista se encontraba recluido en el penal de Carquín, tal como los señala su abogada defensora.
Por lo tanto, el motivo por el cual los tres magistrados denunciados se habrían negado a decretar la libertad inmediata del periodista, habría sido por la influencia que ejercen sobre ellos los jueces superiores de la corte.