Mintieron los funcionarios de la Otass. Irrumpieron la empresa municipal Semapa Barranca, con la excusa de garantizar una millonaria transferencia económica para reflotarla.
Pero la empresa sigue sumergida en el fango de la corrupción, y lo único que han reflotado, son las arcas de algunas contratistas y funcionarios.
La Contraloría ha publicado el Informe de Control N° 005-2019-OCI/0645-SVC, referente a la obra “Reparación de Banco de Trabajo en el Laboratorio de Pruebas de Medidores de Semapa Barranca”, valorizado en S/ 483,160.00.
El informe arroja conclusiones alarmantes, pues el expediente técnico y el contrato de la obra, se modificaron al margen de la ley. Ello retrasó 9 meses el cronograma, perjudicando Plan de Acciones de Urgencia.
1. Modificación del expediente técnico sin la debida aprobación.
El expediente técnico denominado “Reparación de Banco de Trabajo en el Laboratorio de Pruebas de Medidores (…)”, fue aprobado por el gerente (designado por el Otass). Sin embargo, durante la ejecución de la obra, el Ing. Jorge Chuy Bayona, autorizó su modificación.
Así, en vez de reparar el banco de medidores que tenían, optaron por comprar uno nuevo, de procedencia china.
El informe señala que el Ing. Jorge Chuy, inspector de la obra, tomó dicha decisión por sugerencia de la empresa constratista, pues dijeron que un nuevo banco de medidores tendría mayor durabilidad.
Sin registros
El equipo técnico de contraloría, observó que la modificación del expediente no fue registrada en ningún documento. No hay nada en el informe mensual, valorización, cuaderno de obra, ni en ningún otro registro.
De manera irregular también, el contratista y el inspector, modificaron el contrato de la obra, sin tener competencia ni atribuciones para ello.
La Ley de Contrataciones del Estado, señala que este tipo de modificaciones debe ser aprobado por el Titular de la Entidad, es decir, por el gerente Félix Bravo Montoya, técnico designado por el Otass.
Cabe mencionar que el gerente de la EPS Barranca, goza de un sueldo de catorce mil soles, supuestamente por su alto rendimiento técnico.
Vulneración a la Ley
El informe advierte que el Ing. Jorge Chuy Bayona, no habría cumplido con sus funciones como inspector de obra.
Al respecto el Artículo 160° de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el inspector “es el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento de su contrato(…), su actuación debe ajustarse al contrato, no teniendo autoridad para modificarlo“.
2. Se pagó S/ 89,000.00 por partidas no ejecutadas
La falta de supervisión por parte del inspector, permitió el pago de la valorización N° 4 (comprobante N° 1900353 de 18 de marzo de 2019). Esto sin la debida verificación a lo consignado en el expediente técnico de obra.
El 16 de setiembre, el jefe de la oficina de Proyectos y Obras, corroboró que algunas partidas no fueron ejecutadas conforme al expediente técnico. Dejando la siguiente lista de observaciones:
- La mampara de ingreso a la oficina no es de vidrio templado, y el espesor no es de lOmm, como lo requiere el expediente.
- En vez de tableros metálicos de doce polos, se ha colocado tableros de PVC, contraviniendo el Código Nacional Eléctrico y el expediente técnico. Sin embargo, en la valorización N°4 se pagó por tableros metálicos.
- La escalera de gato empotrada para la cisterna debe ser de aluminio, sin embargo se ha colocado escalera de fierro, que ya se ha comenzado a oxidar.
- El acero corrugado de las columnas han sido dejados sobre el techo, y muestran corrosión por óxido al no haber sido protegida del intemperismo.
- La pared de dos ventanas del laboratorio, presentan fisuras que van del interior hasta el exterior.
- Los zócalos de cemento simple en la fachada del laboratorio presentan mal acabado, y en una parte, una fisura en el encuentro con la vereda.
- Tanto el tanque cisterna y tanque elevado están sin agua, desde su tarrajeo y paralización de obra, hace más de siete meses.
- La Valorización N° 4 no está firmada por el inspector de obra en señal de conformidad, tampoco tiene el sustento de los metrados ejecutados. Además, no contiene los certificados de calidad de los aparatos sanitarios y materiales utilizados.
- En los asientos del cuaderno de obra no se registraron todos los avances que se valorizaron, las anotaciones son mínimas, no se cumple con el apropiado registro y anotaciones en el cuaderno de obra.
A todo ello, el informe asegura que el pago realizado, por partidas no ejecutadas, asciende a S/. 89 727,67, que representa el 45.74% del “sub presupuesto equipamiento banco de medidores”. ¿Tiene algo que decir la Otass al respecto?
3. Suspensión de obra injustificada
La obra inició el 29 de noviembre de 2018, siendo la fecha programada del término de su ejecución el 26 de febrero de 2019. Se inició la obra con el ingeniero Residente, Walter Alfredo Botello Alva, y como inspector el ingeniero Jorge Chuy Bayona.
El 11 de febrero de 2019, el Contratista y el Inspector, suscribieron un acta de suspensión de plazo de ejecución de obras. La suspensión sería a partir del 12 de febrero de 2019, hasta que INACAL apruebe los certificados de calibración, para los equipos a instalar en el Banco de medidores.
El comité de control descubrió que el contratista, Consorcio Barranca, recién inició los trámites para la certificación el 29 de marzo del 2019. Por lo tanto, esa causal de suspensión de la ejecución de la obra, recién se configuró 46 días después que se suscribió el acta.
Pero el informe de contraloría va más allá, pues señala que el nuevo banco de medidores llegó al laboratorio recién el 28 de junio, lo que demostraría que no se pretendía calibrarlos, ni certificarlos.
Contraloría consideran que la modificación irregular del expediente, motivó que los nuevos equipos requieran certificación, y esto a su vez sirvió de excusa para la suspensión de la obra.
En conclusión, se vulneró el Artículo 153° de la Ley de Contrataciones, que señala, que solo se puede suspender el plazo de ejecución de la obra, cuando se produzcan eventos no atribuibles a las partes(…).
¿Estos son los funcionarios que dicen tener la misión de reflotar la empresa prestadora de servicios de saneamiento?